Agradezco a los lectores que me han hecho notar un error en mi artículo Con el debido respeto” (La Jornada, 30 de junio de 2010). En lugar del nombre correcto: Demetrio Vallejo, escribí “Dionisio Vallejo”. El desliz de la pluma tiene un origen: Demetrio Vallejo, dirigente de la gran huelga ferrocarrilera de 1959, fue encarcelado en marzo de ese año junto con Dionisio Encina, dirigente del Partido Comunista, y ambos después condenados a 11 años de cárcel. Condenas similares recibieron Valentín Campa (apresado meses después), Miguel Aroche Parra, Alberto Lumbreras y Roberto González Godínez (si mi memoria es fiel en este último nombre). A Demetrio le sumaron cinco años más por otro delito igualmente inventado.
El gobierno del presidente Adolfo López Mateos se incautó militarmente de los ferrocarriles, despidió a 10 mil trabajadores, apresó a 3 mil para romper la huelga, y procesó a unos 500. Aquellos cinco permanecieron encarcelados por largos años. Demetrio Vallejo y Valentín Campa salieron por fin libres en julio de 1970, dos años después de que el movimiento estudiantil de1968, reprimido a su vez, había enarbolado la libertad de los presos políticos de 1959 como su primera bandera.
En esta larga, interminable historia de represión a los movimientos sociales en México, en la cual se inscribe el caso Atenco, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de dictar una sentencia memorable: la libertad inmediata y sin reservas de los 12 presos de San Salvador Atenco, después de cuatro años de cárcel ilegal y arbitraria y de lucha indeclinable y sin reposo por su libertad del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra, de las organizaciones de defensa de los derechos humanos, de sus abogados y de incontables personas conocidas y desconocidas.
Quiero destacar los fundamentos de esta decisión, enunciados por el magistrado Juan Silva Meza, con el apoyo de sus colegas Olga Sánchez y Arturo Saldívar, según las versiones coincidentes de La Jornada y El Universal del 2 de julio último.
Dice ese dictamen que en el caso Atenco los jueces de las instancias inferiores, a solicitud del Ministerio Público, emitieron sentencias condenatorias “como una forma maquilladamente institucional de criminalizar la protesta social, como una forma de castigar el ser oposición”. Juan Silva Meza señaló que quedó “en entredicho la forma en que el Estado trata la libertad personal, la libertad de asociación y expresión de los líderes sociales”, opinión compartida por Arturo Saldívar y Olga Sánchez.
Los cinco magistrados, por otra parte, fueron unánimes en una cuestión de procedimiento, suficiente por sí sola para quitar todo sustento al proceso penal y anularlo: los juicios estuvieron basados en pruebas “ilegales” y se violó el derecho a un debido proceso. Así informaron los periódicos el 2 de julio. No tengo a la mano el texto completo de la sentencia, que por su trascendencia considero digno de cuidadoso análisis y discusión.
En este contexto de una gran victoria de las movilizaciones y las campañas por la libertad de los presos de Atenco (¡felicidades, doña Trini!), para continuar en la lucha por los derechos, las libertades y la justicia en México será preciso invocar, como precedente y como argumento jurídico y moral, este fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, válido desde ahora para tantos casos similares, presentes y futuros, dispersos por todos los juzgados del territorio nacional.
Tal es la trascendencia, según creo saber y entender, de los fundamentos y los enunciados de esta sentencia.
No veo por qué y en nombre de cuál mojigatería radical habría que dedicarse ahora a denostar a estos magistrados o a tratarlos con modos de perdonavidas.
Como dicen los textos sagrados: “Hay el tiempo de imprecar y el tiempo de agradecer“. ”Hay el tiempo de combatir y el tiempo de celebrar.”
La libertad de los presos de Atenco decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un revés resonante al autoritarismo y a la represión contra los movimientos sociales; al uso faccioso de la justicia por los gobiernos federales o estatales, y a la docilidad ante otros poderes de las instancias del Poder Judicial.
Ninguna victoria es definitiva. Pero ninguna puede olvidarse como no avenida si es que se trata de preparar victorias venideras.