lunes, febrero 09, 2009

En internet, dictamen sobre los hechos en San Salvador Atenco y Texcoco

México, D. F., a 3 de febrero de 2009

  • El documento, que contiene solamente el punto de vista del ministro instructor, puede consultarse en la página web del Alto Tribunal: http://www.scjn.gob.mx/

  • El dictamen busca establecer si hubo violaciones graves a las garantías individuales, en varios momentos de lo ocurrido los días 3 y 4 de mayo de 2006.

A partir de hoy se puede consultar en la página web del Alto Tribunal -www.scjn.gob.mx-, la versión pública del dictamen sobre los hechos ocurridos en Texcoco y San Salvador Atenco, los días 3 y 4 de mayo de 2006, que será analizado por el Pleno de Ministros a partir del 9 de febrero.

El dictamen, que contiene solamente el punto de vista del ministro instructor, José de Jesús Gudiño Pelayo, busca establecer si hubo violaciones graves a las garantías individuales en varios momentos de lo ocurrido en: el mercado de flores de Texcoco y sus inmediaciones; el bloqueo de la carretera Texcoco-Lechería y el intento de desbloqueo por parte de la autoridad; la concentración en un domicilio particular de la calle Manuel González; el traslado de los detenidos al penal de Santiaguito, y su internamiento en ese centro, todo ello el 3 de mayo de 2006.

Asimismo, el 4 de mayo, en: el desbloqueo de la carretera Texcoco-Lechería; el avance de la policía hacia San Salvador Atenco, los cateos domiciliarios y la liberación de agentes policíacos retenidos por civiles; el traslado de los detenidos al penal de Santiaguito, y la internación de los detenidos en el referido penal.

Conforme a las reglas aprobadas por el Pleno de Ministros a las que deben sujetarse las comisiones de investigación que se formen con motivo del ejercicio de la facultad consignada en el párrafo segundo del artículo 97 constitucional, en el informe -que ya se presentó previamente al Pleno- no se podrá calificar la legalidad de lo actuado en averiguaciones previas, juicios o procedimientos que efectúen otros órganos del Estado, y la investigación debe versar sobre hechos consumados dentro del plazo que señale la Suprema Corte.

Esto, sin perjuicio de que si en el desarrollo de la investigación la Comisión investigadora advirtió que en alguno de esos asuntos pudieran haberse cometido violaciones graves de garantías individuales, así lo asentaría en sus conclusiones a fin de que el Pleno de ministros del Alto tribunal determine lo conducente. Todo ello, conforme a la regla 21.

Además, de acuerdo con la regla 24, el dictamen del ministro Gudiño Pelayo deberá pronunciarse sobre la suficiencia de la investigación; determinar si existieron violaciones graves a las garantías individuales; señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones, y precisar los órganos de autoridad y autoridades competentes para actuar en el caso, así como los demás elementos que el ministro que elaboró el dictamen considere necesarios.