miércoles, mayo 19, 2010

Casos: Valentina e Inés

Caso: Valentina Rosendo Cantú

Valentina Rosendo Cantú nació el 14 de febrero de 1985 en la comunidad me´phaa (tlapaneca) de Caxitepec, municipio de Acatepec, ubicado en la región de la Montaña de Guerrero, México.
Valentina es la hermana mayor de 10 hijos.
Como ocurre con la mayoría de las niñas indígenas, Valentina aprendió, a realizar labores relacionadas con la crianza de animales.
Estudio la primaria en Caxitepec y parte de la escuela secundaria en Chilpancingo, capital del estado de Guerrero. No obstante, regresó a su comunidad ante la enfermedad de su madre.
El 23 de noviembre de 2000, seis meses después de su regreso a su comunidad, Valentina contrajo matrimonio con Fidel Bernardino Sierra, originario de Barranca Bejuco, comunidad a la que se mudó.
Dos años después de su matrimonio Valentina Rosendo fue violada. En ese entonces era madre de una niña de tres meses de edad.
Aunque al momento de los hechos Valentina sabía muy poco leer, escribir y entender en español, su expresión en esta lengua le ha sido muy difícil.


Hechos


El día 16 de febrero de 2002, aproximadamente a las dos de la tarde, Valentina Rosendo Cantú salió de su casa de Barranca Bejuco, Guerrero, para dirigirse a un arroyo a lavar su ropa, el cual se encontraba como a 200 metros de su casa, en un área totalmente despoblada. Ese día, Valentina dejó a su hija -de tres meses de edad- al cuidado de su cuñada.
Después de haber lavado su ropa por una hora, Valentina se estaba enjuagando el pelo y se disponía a bañarse en el arroyo, cuando llegaron 8 soldados del Ejército mexicano. Los militares aparecieron por el camino que se dirige a la comunidad de Caxitepec y traían amarrado, como detenido o prisionero, a una persona.
Dos de los militares se acercaron a Valentina mientras que los otros la rodearon, quedando ella, sola, en medio de todos. Estos dos soldados comenzaron a interrogarla insistentemente y con violencia verbal. Le preguntaron que dónde estaban “los encapuchados”, a lo que ella contestó que no sabía quiénes eran, por lo que uno de ellos le apuntó con su arma, amenazando con que dispararía, mientras le decía “[¡] qué no eres de Barranca Bejuco [!]”; respondiendo Valentina que era de Caxitepec. Entonces, el otro soldado le enseñó una fotografía de una persona, al tiempo que continuaba el interrogatorio sobre si conocía al hombre de la foto; ella volvió a responder que no. Enseguida el mismo militar le mostró un papel que contenía una lista de nombres y le nombró a once personas que, según ellos, vivían en la comunidad de Barranca Bejuco, y le hizo la misma pregunta. Valentina insistió en contestar que no conocía a esas personas por temor a que le hicieran algo.
Ante la falta de respuestas positivas por parte de Valentina, el militar que le estaba apuntando la golpeó con el arma en el estómago y ella cayó al piso boca arriba sobre unas piedras. Al tratar de incorporarse uno de los militares la agarró de los cabellos y de manera violenta le dijo “cómo que no sabes, que no eres de Barranca Bejuco” y la amenazaron diciéndole que si no les decía quienes eran los encapuchados la matarían a ella y a todas las personas de la comunidad de Barranca Bejuco.
Los dos militares se abalanzaron sobre la mujer me´phaa. A plena vista del resto de los soldados y del civil que se encontraba con ellos, hirieron a Valentina en la cara; luego, le quitaron su ropa y uno de ellos la violó. Después, el otro militar que la había estado interrogando también procedió a violarla.
Según documentos oficiales del Ejército, para el día de los hechos, el 41° Batallón de Infantería del Ejército Mexicano se encontraba realizando actividades en dos Bases de Operaciones cercanas a la comunidad de Barranca Bejuco, llamadas “RÍOS” y “FIGUEROA”.
La Base de Operaciones “RÍOS” se encontraba ubicada en las inmediaciones de la comunidad de Mexcaltepec, Municipio de Acatepec, Guerrero, la cual se encuentra a dos hora y media aproximadamente de la comunidad de Caxitepec y a una hora de la comunidad de Barranca Bejuco.


Hechos posteriores a la agresión


Inmediatamente después de haber sido violada, Valentina sintió mucho dolor en el vientre y presentaba sangre al orinar, por lo que decidió ir a visitar a un doctor para ser atendida. Así el 18 de febrero de 2002, Valentina Rosendo y su esposo caminaron por una hora para ir al centro de salud de Caxitepec, la cual era la más cercana de su casa.
El médico que la recibió, al contarle Valentina lo que le había sucedido, se negó a brindarle atención diciéndole que no quería problemas con los militares. Fidel le insistió que la atendiera porque se sentía muy mal, por lo que el doctor le dio algunas pastillas para el dolor.
Días después y una vez que consiguieron dinero para hacer el viaje hasta Ayutla que Valentina Rosendo se restableció parcialmente, ella y su esposo, con su hija literalmente a cuestas, caminaron durante casi 8 horas para ir al Hospital General de ese lugar. Pero Valentina no fue atendida porque no contaba con una cita previa. Le dijeron que regresara otro día por lo que la familia tuvo que quedarse esa noche en Ayutla.
Al día siguiente, 26 de febrero, Valentina y Fidel regresaron al hospital donde fue atendida por una médico general. La doctora realizó la revisión y sólo refirió haber detectado un traumatismo en abdomen.


Acciones legales


Aún cuando el 16 de febrero Valentina y su esposo pidieron el apoyo de las autoridades comunitarias. La Asamblea comunitaria acordó que todos los hombres de la comunidad se refugiarían en el monte ante la amenaza de los militares. Así lo hicieron durante dos días y al frente quedaron las mujeres y niños.
Ante la falta de respuesta de las autoridades municipales, el día 26 de febrero Valentina viajó a Ayutla de los Libres para solicitar el apoyo de la OIPMT (Organización Independiente de Pueblos Mixtecos y Tlapanecos), esta organización se fraccionó en 2002 para una mejor atención a cada pueblo y de ahí surgió la actual Organiziación del Pueblo Indígena Me´phaa (OPIM)
Como otros vecinos de Barranca Bejuco el esposo de Valentina pertenecía a la OIPMT y fue esta organización la que en un primer momento le brindó su apoyo y decidieron presentar la queja por las violaciones sexuales que sufrió Valentina Rosendo ante organismos de derechos humanos.
El día 26 de febrero de 2002 Valentina Rosendo y Fidel Bernardino presentaron una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por la que se abrió el expediente 2002/597-4. Por su parte, el día 7 de marzo de ese año, la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos de Guerrero dio apertura a la queja no. CODDEHUM-VG/065/2002/-II.
Paralelamente, el día 6 de marzo, unos soldados acudieron al domicilio donde Valentina vivía con sus suegros, y de manera intimidatoria le tomaron su declaración, sin que mediara aviso o notificación previa.
Inmediatamente después, el Visitador General de la CODDEHUM acudió a las oficinas de la OIPMT en Ayutla de los Libres, donde se encontraba Valentina Rosendo y su esposo Fidel consiguiendo levantar su testimonio. Así mismo el médico de la CODDEHUM certificó que la menor Valentina Rosendo presentaba lesiones físicas externas en la parte inferior del párpado y que manifestaba dolor al caminar, debido al golpe que le ocasionaron en el vientre. En ese acto tomaron fotografías y audio de las entrevistas.
Finalmente, el Visitador General acompañó a Valentina Rosendo y a su esposo a presentar denuncia formal ante el Ministerio Público del Distrito Judicial de Allende, donde pudo documentar las irregularidades en que incurrió la autoridad al recibir la denuncia y el trato discriminatorio que se le dio a la víctima.
A pesar de que el agente del Ministerio Público se dio cuenta que Valentina Rosendo Cantú al momento de rendir su declaración no hablaba ni entendía a la perfección el español por hablar la lengua Me`Phaá (Tlapaneco), no le designó perito traductor y se limitó a hacer constar que en aquellas palabras que la denunciante no entendía fue apoyada improvisadamente por su esposo Fidel Bernardino Sierra.
Fue a finales de abril cuando del 2002 cuando la OIPMT, viaja a Tlapa y pide al Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan su apoyo jurídico. Es en ese entonces cuando la organización asume la defensa legal de Valentina.
Mas tarde y sin que la investigación reportara avances, el 16 de mayo de 2002, la titular del Ministerio Público del fuero común especializada en delitos sexuales y violencia intrafamiliar del Distrito Judicial de Morelos, declinó la competencia a favor del fuero militar al considerar que
Valentina Rosendo no fue notificada de la declinación de competencia, por eso el 6 de junio de 2002, una vez que tuvo conocimiento de dicha resolución, interpuso -a través de sus representantes- un recurso de amparo radicado bajo el número 603/2002-III, ante el Primer Juzgado de Distrito con residencia en Chilpancingo, Guerrero por el que impugnaba la competencia militar para la investigación de los hechos.
Seis años después que el Ministerio Público del fuero común había remitido las investigaciones por incompetencia a favor del fuero militar, el día 15 de mayo del 2008, se volvió a dar apertura a las investigaciones en el fuero civil, como resultado de la reiterada denuncia de Valentina que para ese entonces ya había llegado hasta la CIDH.
El día 16 de mayo de 2008, el Procurador General de Justicia del Estado de Guerrero, solicitó al Procurador General de la República (PGR) su colaboración para practicar: a) la ampliación de la declaración ministerial de la Valentina Rosendo, y b) designar perito en materia de retrato hablado.
En respuesta, el 27 de agosto de 2008, la PGR, a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (en adelante FEVIMTRA), al recibir dicha solicitud, ordenó se designara perito en materia de retrato hablado y en psicología a efecto de realizar las diligencias en colaboración. El 2 de septiembre de 2008 el Ministerio Público adscrito a la FEVIMTRA citó a Valentina para que realizara ambas diligencias el día 10 de septiembre de 2008.
Fue hasta el día 1° de junio de 2009 que la Fiscalía Especializada se declaró competente para conocer del caso y por ende se comprobó que la investigación había sido abierta para la investigación de civiles.
Amenazas e intimidaciones para que se desista de su demanda.
La presentación de la denuncia de la violación sexual contra Valentina Rosendo dio inicio a una cadena de actos en contra de la vida e integridad de la víctima y su familia. Sin embargo, éstas se agudizaron en el marco del sometimiento del caso a la Corte Interamericana; de la identificación plena de los responsables; de la nueva remisión del caso al fuero castrense; y de la agudización de las agresiones en contra de la OPIM y Tlachinollan.
El 17 de noviembre de 2009, Valentina Rosendo Cantú interpuso queja por el delito de amenazas en contra de quien resulte responsable, por la que se inició la averiguación previa GRO/SC/125/2009. Durante varios días, Valentina fue fotografiada y hostigada por una persona durante diversas actividades que realiza durante el día, lo que implicó el seguimiento de sus movimientos.
El día 11 diciembre del 2009, siendo aproximadamente las 18:00, personas no identificadas intentaron secuestrar a la hija de Valentina, de 8 años edad, a la salida de su escuela. Por lo anterior, dentro de la averiguación previa GRO/SC/125/2009, se incorporaron los nuevos hechos delictivos en agravio de Valentina y de su hija, por los delitos de Amenazas, Robo, Sustracción de Menores o Incapaces y Robo de Infantes
Asimismo, el 20 de enero de 2010, Valentina informó que cuando llegó su papá de visita al lugar donde antes residía, le informó que una persona, quien a su vez es parte de una familia de Caxitepec que informalmente colabora con el Ejército en la región, hizo una visita a María Cantú García, madre de Valentina, para decirle que tanto su hija Valentina como su padre, Victoriano Rosendo, corrían un grave riesgo “porque los están buscando para matarlos”.
Por todo lo anterior, el 2 de febrero de 2010, la Corte Interamericana ordenó al Estado mexicano la adopción de medidas provisionales para ella y su hija, pues estando en puertas la audiencia pública del caso, es fundado y lógico temer que se consumen las amenazas de modo irreparable.


Medidas de reparación:


Dentro de las medidas de reparación que estaría planteando Valentina ante la Corte Interamericana están las siguientes:

Una indemnización justa para ella y sus familiares, así como que se les proporcione el tratamiento médico y psicológico que puedan requerir como resultado de las violaciones cometidas en su contra.
La investigación, juzgamiento y sanción por parte de autoridades civiles de las violaciones cometidas contra Valentina Rosendo Cantú.
La reforma del marco normativo mexicano en materia de fuero militar.
La publicación de la eventual sentencia emitida por la Corte Interamericana. A efecto de que se conozca la verdad.
Un acto público de desagravio y reconocimiento de responsabilidad. El Estado debe ofrecer una disculpa pública a las víctimas y a sus familiares


Información adicional

Caso Inés Fernández Ortega.


“Es muy triste saber que no va a haber justicia” (Inés)


El 22 de marzo del 2002, Inés de preparaba agua fresca en su casa -ubicaba en Barranca Tecuani, municipio de Ayutla de los Libres, acompañada de cuatro de sus hijos –de 3,4, 5 y 9 años-, cuando aparecieron en la puerta 11 soldados. Tres de ellos entraron por la fuerza y le preguntaron por su marido. Mientras la apuntaban en el pecho con un arma, la cuestionaban acerca de la procedencia de los trozos de carne que Inés secaba en el patio. Ellos aseguraban que era robada. Inés no respondió porque no habla español. Su silencio enfureció a los soldados y enseguida la violaron. Sus hijos atemorizados huyeron a casa de su abuela en busca de ayuda.


Cuando los soldados se marchaban e Inés cerraba la puerta de su casa, alcanzó a ver cómo los militares se robaban la carne que representaba el alimento de ella y su familia. Inés y su esposo denunciaron los hechos ante las autoridades civiles, para que los responsables fueran castigados, pero hasta hoy su caso permanece en la impunidad. No obstante Inés sigue albergando la esperanza de que algún día pueda ver la justicia.


Por la falta de acceso a la justicia Inés también acudió ante el Sistema Interamericano y su caso fue ventilado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el pasado 15 de abril del 2010. Aún cuando la delegación del Estado mexicano reconoció que extravío las pruebas espermáticas que le practicaron a Inés, negó que hayan sido los militares quienes la violaron. No obstante, los jueces criticaron a los representantes de México esa conclusión pues aún no ha sido cerrada la investigación.


La defensa legal de Inés prevé que la sentencia de la Corte Interamericana esté lista para noviembre o diciembre de este año.


Cronología de hechos

22 de marzo de 2002: Soldados del Ejército mexicano allanan el domicilio de Inés Fernández y la violan sexualmente.
23 de marzo de 2002: Inés Fernández presenta una queja formal por violaciones de sus derechos ante la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos (Coddehum) del estado de Guerrero, la cual la remitió a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
24 de marzo de 2002: Inés Fernández interpone queja ante el Ministerio Público del Fuero Común del distrito Judicial de Allende, con residencia en Ayutla de los Libres, Guerrero.
25 de marzo de 2002: Médicos le practican estudios a Inés Fernández y obtienen pruebas espermáticas de la violación sexual. Las pruebas e “pierden” extrañamente.
17 de mayo de 2002: El Agente titular del Ministerio Público del Fuero Común se declara incompetente y remite el caso al Ministerio Público Militar.
9 de febrero de 2003: Inés Fernández interpone recurso de amparo para atraer su denuncia a la justicia civil, pero no prospera.
28 de noviembre de 2003: La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emite la recomendación 48/2003, dirigida al secretario de la Defensa Nacional y al gobernador del estado de Guerrero para que integre la averiguación del caso e investigue las omisiones en las que ha incurrido el Ministerio Público Militar.
14 de junio de 2004: Inés Fernández denuncia el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
21 de octubre de 2006: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admite el caso.
4 de septiembre de 2007: La CIDH emite medidas cautelares a Inés Fernández y su esposo, ante el riesgo y amenazas que enfrentan
12 de octubre de 2007: Inés asiste a una audiencia pública ante la CIDH. en Washington D.C.
10 de febrero de 2008: Lorenzo Fernández, hermano de Inés, aparece muerto y con visibles huellas de tortura.
30 de noviembre de 2008: La CIDH publica un Informe de Fondo sobre el caso de Inés Fernández.
9 de abril de 2009: La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) emite medidas provisionales para Inés Fernández, así como para otros 106 defensores de derechos humanos en Guerrero.
7 de mayo de 2009: El caso de Inés Fernández es turnado a la CoIDH.
15 de abril de 2010: La CoIDH celebrará la audiencia del caso de Inés Fernández como parte de sus sesiones itinerantes en Lima, Perú.


Organizaciones que acompañan a Inés y Valentina


En su lucha por acceder a la justicia Inés y Valentina han sido acompañadas por organizaciones de derechos humanos como la Organización del Pueblo Indígena Me´phaa (OPIM), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, que tiene se sede en Guerrero y recientemente CEJIL que tiene sus oficinas en Costa Rica.


OPIM
La Organización del pueblo Indígena Me phaa (OPIM) nació en 2002 para defender los derechos colectivos y culturales de su pueblo en el municipio de Ayutla de los Libres, en la Costa Chica de Guerrero. Ya desde 1998, sus miembros realizaban trabajo de defensa de derechos humanos en el seno de la Organización Independiente de Pueblos Mixtecos y Tlapanecos (OIPMT).

Uno de los primeros casos que defendieron fue la defensa de 14 hombres indígenas de la comunidad de El Camalote, que fueron esterilizados de manera forzada en 1998. Caso que ameritó una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para la reparación de daños, que fue incumplida.


En 2002, cuando Inés Fernández y Valentina Rosendo fueron violadas sexualmente por elementos del Ejército, la OPIM también asumió el acompañamiento de su defensa.


Por su trabajo con los pueblos y su exigencia de justicia, los miembros de la OPIM han sufrido múltiples violaciones a sus derechos humanos y han sido criminalizados hasta el punto de que en abril de 2007, el juez de primera instancia con sede en Ayutla libró 15 órdenes de aprehensión por presunta sospecha de ejecución de un informante del Ejército. A día de hoy, once poseen un amparo y sólo uno de ellos continúa en la cárcel: Raúl Hernández, declarado preso de conciencia por Amnistía Internacional (AI).


Por la situación de riesgo y amenaza en que viven, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) les dictó medidas provisionales el 9 de abril de 2009 a 107 defensores de la OPIm y Tlachinollan.


TLACHINOLLAN
El Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, es una organización no gubernamental que acompaña desde hace 16 años a los pueblos Naua, Me´Phaa (tlapanecos), Na Savi (mixtecos) y Nn´anncue (amuzgos) y mestizos de la Montaña y Costa Chica de Guerrero, en su lucha por la justicia y por el pleno respeto a sus derechos humanos.


Con su trabajo, Tlachinollan busca lograr la dignidad y la justicia para los pueblos Nahua, Na savi, Me’phaa, Ñomdaa y Mestizos, trabajando por la vigencia y el respeto pleno de los derechos humanos.


Asimismo promueve y defiende, desde la diversidad cultural, los derechos de los pueblos Nahua, Na savi, Me’phaa, Ñomdaa y Mestizos de la Costa-Montaña de Guerrero para construir conjuntamente caminos legítimos y pacíficos que garanticen la vigencia de sus derechos humanos.


CEJIL
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional es una organización regional de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del Sistema Interamericanos de Derechos Humanos.


CEJIL fue fundado en 1991 por destacados defensores de derechos humanos en América Latina con el propósito de asegurar un mayor acceso al Sistema Interamericano para las víctimas de violaciones de derechos humanos. Desde su programa de defensa. CEJIL fue la primera organización en ofrecer un servicio gratuito, especializado en el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos.