viernes, enero 30, 2009

Exhortará la SCJN a normar acción de la fuerza policiaca

■ El escrito judicial se incluirá en resolución sobre Atenco
■ Dictamen de Gudiño Pelayo no menciona a autoridades superiores involucradas en el caso mexiquense
■ Discusión pública, el 9 de febrero

Jesús Aranda


En imagen de archivo, elementos policiacos detienen a un poblador de San Salvador Atenco Foto: Alfredo Domínguez

Los cuerpos policiacos del país no cuentan con un protocolo de uso de la fuerza pública, por ello la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el caso Atenco incluirá un exhorto a las autoridades federales y estatales para elaborar procedimientos y catálogos que regulen la forma de actuar de los policías en conflictos sociales o políticos.
El pleno de la Corte tendrá como premisa fijar criterios que garanticen un equilibrio entre el respeto a los derechos humanos y la actuación de la autoridad, confirmaron fuentes del máximo tribunal.
También precisaron que aun cuando el dictamen elaborado por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo establece la responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Pública federal y de la Agencia de Seguridad del Estado de México en la violación grave de las garantías individuales de los pobladores de San Salvador Atenco en mayo de 2006, el pleno no está facultado para mencionar por su nombre a los funcionarios responsables; sólo hará señalamientos generales sobre los hechos.
Expresaron que a pesar de que el informe preliminar elaborado por la comisión de magistrados que investigó la violación de garantías en aquel poblado mexiquense los días 3 y 4 de mayo de 2006 concluyó que las agresiones físicas y sexuales que tuvieron lugar fueron “acciones motivadas por la falta de técnicas para preservar las detenciones, indolencias y cargas emotivas incontroladas”, las cuales fueron permitidas y alentadas por autoridades superiores como Eduardo Medina Mora, entonces titular de Seguridad Pública federal, y el gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto, entre otros.
La Corte aprobó el año pasado un acuerdo general que tiene que ver con la investigación de violaciones graves a las garantías individuales (prevista en el artículo 97 constitucional), el cual establece que los ministros no pueden señalar personalmente a los responsables, únicamente deben hacerlo de forma genérica, razón por la que no habrá ninguna recomendación directa hacia alguna autoridad involucrada.
En este sentido, indicaron los funcionarios consultados, cobra mayor importancia el hecho de que los ministros discutan los parámetros internacionales que tienen que ver con el uso de la fuerza o la omisión de la aplicación de ésta bajo determinadas circunstancias.
Una conclusión fundamental del ministro Gudiño, añadieron, es que la ausencia de un protocolo en la materia –tanto para la policía federal como para la estatal– da lugar a la violación de los derechos humanos, porque al no haber procedimientos de control sobre la actuación de los policías queda todo en manos de la improvisación y del abuso de autoridad.
Existe, ejemplificaron los entrevistados, el caso del uso de gas lacrimógeno en una manifestación en la cual las cosas se están saliendo de control. Debe haber –agregaron– un control que señale que antes de usar la fuerza, la policía dispare al aire el gas lacrimógeno, para advertir que está dispuesta a actuar; en caso de que no hubiera resultado, entonces sí se podría tirar el gas a los pies de los manifestantes, y sólo como último recurso considerar el desalojo de los quejosos por métodos violentos.
Este es sólo un ejemplo de la utilidad de los protocolos, apuntaron.
Por otra parte, el ministro presidente de la Corte, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, confirmó que la discusión pública del “harto delicado y complejo” caso Atenco se iniciará el 9 de febrero, por lo que anunció que la próxima semana el pleno no resolverá asuntos jurisdiccionales. También trascendió que el pleno emplazó al ministro Gudiño para que a más tardar el martes tres coloque en Internet su proyecto de dictamen “modificado”, sin nombres ni alusiones personales o confidenciales de los involucrados en los hechos.